Este 31 de marzo de 2022 vence el plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre la Renta del año 2021
La Dirección General de Ingresos (DGI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), informa a las personas naturales que tienen plazo hasta el 15 de marzo del presente año, para la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta, y el vencimiento para las personas jurídicas, las establecidas en Zonas Libres o Zonas Francas, es hasta el 31 de marzo.
Los contribuyentes que presenten su declaración jurada del Impuesto Sobre la Renta del periodo 2021, deberán pagar la totalidad del impuesto causado a más tardar el 31 de marzo de 2022.
El impuesto sobre la renta estimado y el Seguro Educativo deben pagarse de contado o en tres partidas, a más tardar en las siguientes fechas: 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre del presente año.
A su vez, el Impuesto Complementario, debe ser pagado al contado a más tardar, en las siguientes fechas: 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre.
Según el Artículo 710 del Código Fiscal panameño, dentro de las personas naturales que están obligadas a realizar la presentación de esta declaración, se están los profesionales independientes y los comerciantes.
La DGI insta a los contribuyentes, a presentar su Declaración Jurada durante el tiempo establecido para evitar la multa e incumplimientos en la presentación de sus obligaciones tributarias.
La administración tributaria recomienda mantener sus datos actualizados a través de la plataforma e-Tax 2.0, para poder realizar sus trámites en línea.