A partir del 1 de julio quedará prohibida la comercialización y uso de empaques plásticos para huevos, revolvedores y platos plásticos desechables
La Acodeco informó que se prepara para aplicación de segunda fase de Ley 187.
Luego de la reglamentación de la Ley 187 del 2 diciembre de 2020, la cual regula la reducción y el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso, mediante el Decreto No. 9 del 6 de mayo de presente año, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) implementará las acciones fiscalizadoras en todo el país.
“A partir del 1 de julio, deben realizarse cambios en los empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables”.
La Acodeco deberá velar por la no comercialización y el uso en general de los productos de plásticos de un solo uso establecidos en la esta ley, e imponer las sanciones correspondientes. La primera sanción al agente económico, consistirá en una amonestación escrita con la que deberá realizar las adecuaciones necesarias, a fin de cumplir con lo establecido.
Las multas oscilarán en entre B/ 250.00 y B/ 2,000.00 dependiendo del tamaño del comercio, que va desde negocios pequeños hasta grandes distribuidoras.
Cabe destacar que la Ley 187 del 2 diciembre de 2020, entró en vigencia el 1 de julio de 2021 con diferentes etapas de implementación, la primera con los hisopos para el oído, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cóctelde plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.
A partir del 31 de diciembre del 2023, serán eliminados los carrizos de plástico.