Defensoría insta a priorizar el Interés Superior de la Niñez
Panamá, 17 de noviembre de 2022.- La Defensoría del Pueblo consciente de las nuevas atribuciones legales que establece el artículo 208 de la nueva Ley de Protección Integral así como las establecidas en el artículo 129 de la Constitución Política, insta a las autoridades de justicia, a la aplicación y valoración del mandato establecido en la Ley 285 del 15 de febrero de 2022, la cual crea el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de Niñez y Adolescencia, específicamente a lo indicado en su Capítulo II al Interés Superior de la Niñez y Adolescencia, el cual a su vez abarca las recomendaciones y observaciones realizadas por parte del Comité de los Derechos del Niño.
La institución rectora de los derechos huamnos, reitera que las autoridades están obligadas a utilizar su discrecionalidad e interpretación de las normas en favor del ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; por ende, el juzgador debe tener un equilibro entre los derechos y garantías de los niños y las exigencias del bien común.
Asimismo, las autoridades deben valorar cualquiera situación que los ponga en desventaja o limitación, comprendiendo que se requiere la necesidad de priorizar los derechos de los NNA, frente a los derechos de las personas adultas.
La Defensoría del Pueblo, expresa que es imperativo que las autoridades judiciales y administrativas escuchen la opinión de los NNA; a fin de aplicar de forma correcta el Interés Superior de la Niñez y Adolescencia en función de su edad, madurez y condición como persona en desarrollo.