Aduanas retiene contenedores en operativo de fiscalización
Panamá, 30 de agosto de 2024.- Un total de tres contenedores fueron retenidos durante la semana en ciudad capital, por inspectores de la Dirección de Prevención y Fiscalización Aduanera de la Autoridad Nacional de Aduanas, en varias diligencias que han tenido como objetivo aplicar los controles correspondientes para contrarrestar las infracciones aduaneras.
En uno de los casos, el equipo de la patrulla de la DPFA dio seguimiento a un contenedor de 40 pies, que estaba saliendo de un puerto luego de haber detectado a través del sistema informático, que había inconsistencia en los datos registrados como peso, descripción, valor, entre otros aspectos que infringen normas aduaneras.
Se procede a retener el contenedor, verificar la información y trasladarlo a la sede de Aduanas para iniciar la revisión intrusiva, corroborando que más del 50% de la mercancía no estaba liquidada, lo que supone evasión del cobro de impuestos.
En otro hecho registrado en la semana se retuvo un contenedor con mercancía variada, que de acuerdo con la documentación se trasladaba bajo la figura de Tránsito Interno, desde el Puerto de Balboa hacía un recinto en la provincia de Colón, sin embargo, al darle seguimiento se percatan que toma otra ruta.
El mismo fue trasladado a un local comercial, propiedad de un ciudadano de origen asiático ubicado en el corregimiento de Pacora, donde se dio inicio al proceso de descargue, hecho que contraviene los procedimientos aduaneros.
El tercer caso corresponde a otro contenedor que salió de un puerto de ciudad capital que debía dirigirse al recinto de Cocosolito, Zona Norte provincia de Colón, pero se desvió de la ruta y fue ubicado en el puente centenario con dirección hacía el interior del país, al momento de la diligencia el conductor señaló que se equivocó de ruta.
Entre lo retenido están mercancías que infringen las normas de propiedad intelectual como zapatillas de marcas exclusivas, también se encontraron comidas secas, motos, baldosas, carriolas, alfombras, entre otros.
La ley 30 de 8 de noviembre de 1984, en su artículo 16 señala que, constituye delito de contrabando el traslado de mercancías extranjeras de una nave o vehículo a otro o su descargue a tierra, antes de que éstos lleguen al puerto o lugar de destino de dicha carga.
También en el artículo 17 de esta ley, se destaca que constituye delito de defraudación la realización de cualquier operación aduanera empleando documentos o declaraciones falsas en los que se altere el peso, cantidad, calidad, clase, valor, procedencia u origen de las mercancías.
Aduanas reitera que mantiene su compromiso de controlar, vigilar y fiscalizar el ingreso, la salida y movimiento de las mercancías, personas y medios de transporte por todas las fronteras, puertos y aeropuertos del país, prevenir, investigar y sancionar las infracciones aduaneras e intervenir en el tráfico internacional de mercancías.