
Panamá prohíbe el uso de vapeadores en espacios públicos desde este 13 de agosto
Panamá, 12 de agosto de 2025.- El Ministerio de Salud (Minsa), reiteró a la población que, a partir de este miércoles 13 de agosto de 2025, entra en vigencia la Resolución No. 146 de 31 de enero de 2025, la cual establece disposiciones para la regulación del uso, comercialización, promoción, publicidad y consumo de los sistemas electrónicos de administración o no de nicotina (SEAN y SESN); de productos de tabaco calentado convencionales (PTC); de productos de nicotina oral (PNO); de sus consumibles, envases de recarga, depósitos o cartuchos, y demás accesorios, con o sin nicotina, en la República de Panamá.
Esta normativa tiene como objetivo, “proteger la salud de la población, con énfasis en niños, niñas y adolescentes, frente a los riesgos documentados por el uso y la exposición a estos productos, así como a sus emisiones. La medida responde al principio precautorio de salud pública y a la evidencia disponible sobre los efectos adversos asociados a estos dispositivos”.
Entre las principales disposiciones que deben tener en cuenta comerciantes y la ciudadanía en general, destacan las siguientes:
- No pueden estar al alcance ni a la vista del público. Los productos regulados por esta resolución no deben exhibirse en vitrinas abiertas, mostradores ni estar directamente accesibles al cliente. Solo se permite mantenerlos en vitrinas o anaqueles cerrados, durante los primeros dos años de vigencia de la norma. La exhibición inadecuada puede conllevar decomisos y sanciones.
- Está prohibido usarlos en todos los lugares donde ya está prohibido fumar productos de tabaco. Esto incluye oficinas públicas y privadas, escuelas, hospitales, medios de transporte, restaurantes, bares, centros comerciales, estadios, iglesias, hoteles, discotecas y espacios deportivos, entre otros. Donde no se puede fumar, tampoco se puede vapear o usar estos dispositivos.
- Se prohíbe su venta a menores de edad. Los puntos de venta deben colocar carteles visibles que adviertan sobre esta prohibición y están obligados a verificar la edad de los compradores mediante cualquier identificación oficial válida (cédula de identidad personal, licencia de conducir, pasaporte).
- No se permite la publicidad ni la promoción de estos productos, de manera directa o indirecta, incluyendo la realizada en empaques, redes sociales, medios tradicionales o digitales.