Empresas eléctricas deberán pagar el doble por daños a equipos si incumplen los plazos de indemnización
Panamá, 21 de septiembre de 2026.- La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) recordó a los usuarios del servicio de distribución eléctrica que pueden presentar reclamos cuando apagones, fluctuaciones de voltaje u otras incidencias en la red ocasionen daños en sus aparatos eléctricos.
Los usuarios tienen un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha en que ocurrió la incidencia, para presentar el reclamo ante la empresa distribuidora. La ASEP recomienda registrar la hora del evento y proporcionar información detallada sobre el aparato afectado, como marca, modelo y características.
Una vez presentado el reclamo, la empresa distribuidora dispone de 15 días calendario para emitir una respuesta oficial. Si la solicitud es rechazada o la compañía no responde dentro de ese período, el usuario podrá acudir ante la ASEP para continuar con el proceso, dentro de un plazo de 30 días calendario.
Cuando el reclamo es admitido, la ASEP cuenta con 30 días hábiles para emitir una resolución. Si la decisión favorece al cliente, la entidad reguladora ordenará a la empresa distribuidora realizar la indemnización correspondiente.
En caso de que la empresa no cumpla con el pago dentro de los 30 días calendario establecidos, la normativa contempla que deberá pagar el doble del monto de la indemnización reconocida al usuario.
La ASEP exhortó a los usuarios a conocer y ejercer sus derechos, así como a presentar los reclamos dentro de los plazos establecidos para garantizar que puedan recibir la compensación correspondiente por daños ocasionados por fallas en el suministro eléctrico.