Gobierno de Panamá prorroga control de precios de 8 productos
Mediante Decreto Ejecutivo No. 102 de 30 de diciembre de 2021, el Gobierno Nacional de Panamá modificó el Decreto Ejecutivo 165 de 1 de julio de 2014, para prorrogar en forma temporal los precios máximos de venta al por menor, de 8 productos alimenticios por seis meses a partir del 3 de enero de 2022.
Se modificó el artículo 1 del Decreto Ejecutivo 165 de 2014, donde se establece a nivel nacional con a excepción de la provincia de Darién y el territorio insular de la República de Panamá, el precio máximo de venta al por menor y el margen máximo de comercialización de ocho productos de la canasta básica familiar de alimentos, de los 14 productos previamente regulados.
Igualmente, se modificó el artículo 7, para que la Comisión de Ajustes establezca los precios máximos de estos 8 productos para la provincia del Darién y el territorio insular de la República de Panamá. Los precios que se determinen tendrán la misma vigencia de 6 meses.
Asimismo, se establece en el artículo 8, que durante la vigencia de este nuevo decreto ejecutivo, los minoristas que ofrecen al público los 42 productos restantes de la canasta básica familiar de alimentos deberán informar de manera previa, y con al menos 5 días calendarios de anticipación, a la Acodeco de cualquier incremento en el precio de venta al por menor y las razones que justifican dicho incremento. En el caso de reducciones de precios, no se requerirá de este aviso previo para su aplicación respectiva.
Entre estos productos, se encuentran yuca, ñame (las 3 variedades), tomate perita, cebolla amarilla nacional e importada, papa nacional y la babilla, que se encuentran en el actual listado del control de precios. Otros productos son el aceite vegetal, pan flauta, leche fresca grado A, manzana mediana, jugo de naranja, corvina, sopa de pollo con fideos, naranja, azúcar y otros más que forman parte de los 42 productos restante de la canasta básica de alimentos.