
Jované presenta ante la AN proyecto que reactiva temporalmente Ley 3 de 1985 de intereses preferenciales
Panamá, 05 de junio de 2025.- El proyecto de ley que busca suspender los efectos de la Ley 468 de 24 de abril de 2025 y restablecer temporalmente la vigencia de la Ley 3 de 1985, que regula los intereses preferenciales en préstamos hipotecarios, fue presentado este miércoles por el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), Jaime A. Jované C., ante el Pleno de la Asamblea Nacional.
El titular del Miviot, autorizado por el Consejo de Gabinete, explicó que se modifica para todas las viviendas que cuenten con permiso de ocupación hasta el 31 de diciembre de 2025, para cubrir el período desde el 2 de agosto de 2025 al 31 de diciembre del mismo año, lapso de tiempo que se quedaría sin aplicación de la Ley de intereses preferenciales, “siendo esto parte de los temas que creaban confusión para los promotores y bancos al momento de la venta de una vivienda”.

Agregó que los aspectos más afectados con la entrada en vigencia de la Ley 468 de 2025, de 16 artículos y cuatro capítulos, y, el principal motivo de la propuesta, es la paralización de más de 9 mil trámites de préstamos hipotecarios aprobados a familias panameñas con menor facilidad adquisitiva que esperaban una vivienda decorosa con la norma de intereses preferenciales.
El ministro sostuvo que, aunque con la Ley se intentó dar continuidad en los casos de esos trámites, con la subrogación de la Ley 3 de 20 de mayo 1985 es imposible para el sistema financiero que se dé la transición de una ley a la otra.
“Esto paralizó todos los préstamos formalizados, las inscripciones de las escrituras públicas en el Registro Público y el reconocimiento de nuevos préstamos aplicando Ley 3 de 1985”, destacó.

“Con esta modificación damos cobertura a todos los préstamos de intereses preferenciales que se suscriban en viviendas de hasta 120 mil balboas hasta el 31 de diciembre de 2025 con la finalización de la Ley 3 y la entrada en vigencia de la Ley 468 de 2025 a partir del 1 de enero de 2026”, expuso.
Jované puntualizó que en el nuevo artículo 4 se restablece el artículo 4 de la Ley 106 de 1974, sobre la exoneración del Impuesto de Transferencia de Bienes Inmuebles (ITBI) a primera venta, el cual estaba normado en la Ley 399 de 2023, donde se establecía la terminación de esa exención con los permisos de ocupación al 1 de agosto de 2025.
Subrayó que la Ley 468 derogó ese artículo, por lo que en consenso con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se restituye, considerando este tiempo en que los trámites se encuentran paralizados por las contradicciones de la Ley 468, se extiende la exoneración para viviendas con permisos de ocupación hasta el 31 de diciembre de 2025, cuya inscripción en el Registro Público se realice hasta el 31 de diciembre del año mencionado.
“La propuesta se enfoca principalmente en favorecer a las miles de familias panameñas que esperaban contar con su vivienda nueva, mediante préstamos hipotecarios que les permitieran un pago mensual accesible y cómodo”, contó.
El presidente de la República, José Raúl Mulino, extendió el período de sesiones extraordinarias de la Asamblea Nacional, para considerar el proyecto de intereses preferenciales hasta el 26 de junio. La sesión se reactivará el próximo lunes.