Las 500 a Pánfilo Patricio – Manifiesto del Cambio 37
“Informalidad dentro del empleo formal”
Para este año 2023, el desempleo en Panamá se sitúa alrededor del 9.9% de la población económicamente activa (PEA), que es aproximadamente dos millones de personas que están en condiciones de buscar y realizar actividades laborales. Frente a estas estadísticas, entre panameños y extranjeros con permisos de trabajo en regla, hablamos de alrededor de 250,000 personas desempleadas que día a día buscan su sustento.
No obstante, otra estadística que nos golpea es la cantidad de personas que a pesar de mantenerse activas y generando cierto tipo de ingresos, lo hacen en condiciones que no les garantizan una continuidad laboral y mucho menos prestaciones de seguridad social. Nos referimos al empleo informal. Aquel que comprende, entre muchos ejemplos, a la población mayor de 15 años de edad o más, que no pertenecen al sector agrícola y prestan su fuerza laboral a un empleador, dentro de una empresa privada legalmente constituida, no se le brinda las condiciones regulares de acceso a la seguridad social y prestaciones laborales.
Este tipo de actividades, que hombres y mujeres, brindan su fuerza física o mental, en aras de cumplir una tarea productiva que beneficia al empleador a cambio de la contraprestación consistente en el pago del salario, en ocasiones es pactada a través de contratos verbales o contratos por servicios profesionales que, de la contratación de un personal titulado en alguna profesión, dista mucho.
Es una práctica bastante común entre las pequeñas, medianas y grandes empresas formalmente constituidas, ante la incertidumbre que genera la contratación de un nuevo personal sin referencias laborales o con un historial de trabajo precario y de intermitencia.
Sin embargo, esta práctica que de alguna manera se constituye en una salida para el sector empresarial, que le puede brindar cierta certeza y seguridad al momento de contratar al personal más competente y adecuado para las funciones requeridas, en el tiempo que dura el contrato verbal o por servicios profesionales, desde la perspectiva del trabajador se constituye en una estación de tiempo con incertidumbres e inseguridades.
De acuerdo con las normas del Código de Trabajo, los contratos de trabajo pactados de forma verbal están revestidos del principio favorecedor al trabajador, y todo lo que éste alegue, se reputará como cierto, como medida sancionatoria al empleador por no pactar por escrito. Lo cual deberá el trabajador acercarse a las oficinas del Ministerio de Trabajo, para iniciar su trámite de reconocimiento de sus derechos laborales.
Pero en el caso de las relaciones de trabajo pactadas con contratos de servicios profesionales, el escenario se le complica al trabajador no profesional, dado que este tipo de contratación no se les reconoce sus derechos laborales de manera automática, dado que la naturaleza del contrato es de carácter civil y no laboral, y para demostrar que estaba en condiciones de subordinación y dependencia con un patrono o empleador, debe invertir tiempo y dinero para lograr se le reconozca sus derechos laborales.
Los contratos de servicios profesionales se convierten en una burbuja precaria para los trabajadores no profesionales, mientras que para los empleadores resulta ser una herramienta de ahorro en la contratación laboral en condiciones de estabilidad y productividad.
Hacer las cosas bien para corregir la informalidad dentro del empleo formal, exige crear una política pública que garantice el equilibrio entre la fuerza de trabajo no profesional y el capital empresarial, para enfrentar los desafíos económicos y laborales para los próximos cinco años.
“Vive honestamente, sin hacerle daño a nadie y dándole a cada uno lo suyo”.