Las 500 a Pánfilo Patricio – Nuevo proyecto de ley que rescata el principio de solidaridad en el régimen de I.V.M.
Por las dos anteriores administraciones presidenciales, la de los otrora vergonzosos expresidentes, Juan Carlos Varela y Laurentino Cortizo, finalmente llegó el día en que abordaremos el conflicto que afecta el sistema de pensiones y jubilaciones que perturba a la Caja de Seguro Social. Hay que reconocer el coraje de asumir y no postergar, inmerecidamente, este tema tan importante para nuestra economía y que la actual administración Mulino, decidió acometer, inmediatamente.
La inquietud dominante y que gravita alrededor del proyecto de ley que modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley 51 de 2005, es la sensitiva afectación al régimen de pensiones contemplado en el programa de Invalidez, Vejez y Muerte. Cabe recordar que la citada ley, que fue aprobada durante la administración del expresidente Martín Torrijos, introdujo un componente que subdividió el programa que administraba el riesgo sobre dichas pensiones.
Desde la Ley 7 de 1935, ya existía en Panamá, la incorporación del principio de solidaridad en las jubilaciones de los trabajadores del sector público en la administración del programa de jubilación por vejez. Con posterioridad, a partir de la Ley 23 de 1941 se extendió este principio solidario al resto de los empleadores de derecho público como de derecho privado, es decir, empleadores de empresas estatales, privadas, gobierno y entidades autónomas y semiautónomas que requerían de la fuerza laboral de trabajadores en condiciones de subordinación y dependencia.
Este principio de solidaridad en el sistema de pensiones y jubilaciones por los riesgos de invalidez, vejez y muerte se afecta por una irrupción puntual en las reformas del año 2005, que fue cuando se descompone el programa de jubilación por vejez, desde 1941, y se divide en los componentes de un subsistema de exclusivamente de beneficio definido (solidario) y otro subsistema mixto con un componente de beneficio definido para pensiones menores a los B/.500.00 (solidaridad) y un componente de ahorro personal para pensiones por encima de los B/.500.00 (capitalización personal).
En las modificaciones incluidas en el 2005 es que se acelera la cuenta regresiva crítica para la subsistencia de la solidaridad dentro de la administración del régimen de pensiones y jubilaciones, ya que interrumpe la cadena de aportes al sistema solidario. Esto es lo que ha provocado la crisis financiera actual, porque se abrió un “hueco del tamaño de la mina” dentro del esquema de solidaridad.
Con el nuevo proyecto de ley, y de acuerdo a la lectura preliminar que se ha hecho, se observa primeramente, que el componente del ahorro personal dentro del subsistema mixto, que se inventó en la Ley 51 de 2005, prácticamente se elimina, y se rescata la visión y funcionalidad de la solidaridad en la administración de los diferentes riesgos, denominándolo ahora, Fondo General de Reserva que estará compuesto por los fondos de gestión del IVM, el de riesgo de Enfermedad y Maternidad y riesgo Profesionales.
El reciente proyecto de ley presentado por el Órgano Ejecutivo del Presidente Mulino, es un esfuerzo por rescatar el principio de solidaridad, que nunca debió ser debilitado en las reformas del 2005.
Por el contrario, y con miras de retomar este tema más adelante, se amplía las opciones que tendrá la Caja de Seguro Social, para fortalecer los aportes y demás componentes dentro de un sistema solidario. Es un rescate ante una toma de decisiones equivocadas en el pasado.
“Vive honestamente, no le cause daño a nadie y dele a cada uno lo suyo”.