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 Por falsa declaración Aduanas retiene más de 80 mil dólares en el Aeropuerto Internacional de Tocumen
Nacionales

Por falsa declaración Aduanas retiene más de 80 mil dólares en el Aeropuerto Internacional de Tocumen

by redacciondp 10/10/2024 0 Comment

Panamá, 10 de octubre de 2024.- Un total de B/.81,630.00 sin declarar fueron retenidos a tres viajeros, que llegaron a territorio nacional en vuelos comerciales por el Aeropuerto Internacional de Tocumen el pasado martes 8 de octubre.

En el primer caso está involucrado un ciudadano de nacionalidad chilena, quien informó a través de la Declaración Jurada de Viajero traer consigo B/,10.000.00, sin embargo, al momento de la verificación se detectaron B/.12,004.00.

En un segundo caso se le retuvo a un viajero de nacionalidad colombiana, procedente del Municipio de Bucaramanga Colombia, la suma total de B/.38.826.00 debido a que en la declaración jurada de viajero señaló traer solo B/.15.000.00.

En el tercer caso de manera coincidente una dama de nacionalidad colombiana, procedente del Municipio de Bucaramanga, también presentó una falsa declaración ya que señaló traer B/.15.000.00, pero al realizar el conteo la cifra ascendió a B/.30.800.00

Estos dos últimos casos coincidentemente los viajeros llegaron a territorio nacional en el mismo vuelo comercial. Tanto el dinero como las investigaciones quedan a órdenes del Ministerio Público.

El documento “Declaración Jurada de Viajero” que es presentado ante la Autoridad Nacional de Aduanas por quienes ingresan o salgan del país vía aérea, marítima y terrestre establece que se deberá declarar sumas iguales o superiores a los diez mil balboas (B/.10,000) documentos negociables o valores convertibles en dinero.

La declaración de dinero, documentos negociables u otros valores convertibles en dinero no causa el pago de tributo o impuestos, pero la falsa declaración incurre en un delito aduanero que conlleva su retención.

La declaración jurada del viajero puede ser presentada en formato digital o formato manual. El pasajero deberá entregar el formulario físico o el QR luego de llenado de forma digital. Artículo segundo Resolución N°079 del 04 de abril de 2024.

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Tags: AEROPUERTO DE TOCUMEN autoridad de aduanas DECLARACIÓN DE DINERO PANAMÁ
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